sábado, 13 de julio de 2013

La evaluación de impacto ambiental como un instrumento de la gestión ambiental en México

Consuelo Arias-González

El Instituto Nacional de Ecología señala que el enfoque de la gestión ambiental contempla al conjunto de elementos  que inciden en el manejo sustentable de los ecosistemas, los cuales están constituidos por las diversas formas de vida y sus correspondientes hábitats. Los objetivos de su manejo  implican desde la conservación  hasta la utilización racional de los  recursos naturales. Dicho manejo sustentable implica que los hábitats sean preservados y aprovechados de forma que aseguren su  renovación y disponibilidad.

De acuerdo con la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente se define a los instrumentos de gestión ambiental como  el conjunto de normas  y disposiciones respecto al medio ambiente a nivel local, estatal, nacional e internacional.  Los instrumentos a que hace referencia esta Ley son la Planeación Ambiental, el Ordenamiento Ecológico del Territorio, los Instrumentos Económicos, la Regulación Ambiental de los Asentamientos Humanos, la Evaluación de Impacto Ambiental, las Normas Oficiales Mexicanas  en materia ambiental,  la Autorregulación y Auditorías Ambientales y la Investigación  y educación ambientales.

En este ensayo se hablará de la EIA como un instrumento de gestión ambiental,  empezando por señalar que en su artículo 28, la LGEEPA señala que la evaluación de impacto ambiental establece las condiciones a que habrá de sujetarse  la realización de obras y actividades  que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites  y condiciones establecidos, con la finalidad de proteger el ambiente y los ecosistemas.  Dicho de otra forma, permite realizar el análisis costo-beneficio de la ejecución de los proyectos, tanto en los factores ambientales como en los económicos y sociales a fin de evaluar su factibilidad.

En este ensayo se hará una similitud entre el material proporcionado por FUNIBER  y los requisitos contenidos en el Artículo 12 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente a fin de mostrar que el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) y la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) son parecidos.
De acuerdo con el material disponible en FUNIBER, la evaluación de impacto ambiental se realiza a través de una metodología llamada Estudio de Impacto Ambiental (EsIA). En forma general, las fases de esta metodología inician con la descripción del proyecto, pasando por un inventario ambiental y la descripción de las interacciones con el medio ambiente, la identificación y valoración de impactos, el establecimiento de medidas correctoras y preventivas y, finalmente, la vigilancia ambiental. Estas fases guardan gran similitud con los requisitos de la MIA de acuerdo a lo siguiente.

La fase 1, descripción del proyecto y examen de alternativas,  consiste en proporcionar una visión general sobre el proyecto que se pretende llevar a cabo. Esta descripción deberá incluir nombre del proyecto, titular del proyecto, localización, objetivo del proyecto, alternativas de localización, actividades susceptibles de ocasionar impactos, tamaño, costos, descripción de materiales y maquinaria  a utilizar, relación de recursos naturales que resultarán dañados o eliminados, descripción de vertidos, ruidos y emisiones provocados por el proyecto, calendario de ejecución, creación de puestos de trabajo, grado de aceptación pública y cumplimiento de la legislación medioambiental. Estos aspectos permitirán conocer de forma general el proyecto que se pretende realizar. Esta fase guarda similitud con las fracciones I, II y III.

En la fase 2 se realiza la descripción del entorno del proyecto y  se lleva a cabo un inventario y recopilación de información sobre los factores susceptibles de ser afectados por el proyecto. El objetivo de ello es conocer cuál era la situación del entorno antes, durante y después del proyecto, a partir del análisis de algunos parámetros que deberán describirse en el inventario ambiental. En este inventario se consideran los factores ambientales respecto del medio físico, biótico y abiótico, y del medio socioeconómico.  La fracción IV del Reglamento de la LGEEPA, menciona la descripción del sistema ambiental y señalamiento de la problemática ambiental detectada en el área de influencia del proyecto.

La fase 3, identificación y valoración de impactos, permite buscar soluciones y alternativas para los impactos derivados de las distintas actividades del proyecto, tanto en la existencia misma del proyecto como en la utilización de recursos naturales. La fracción V de dicho artículo, hace referencia a la identificación, descripción y evaluación de los impactos ambientales. Y, tanto en el EsIA como en la MIA nos podemos auxiliar de listas de revisión, matrices de interacción e identificación, reuniones con expertos, técnicas gráficas, métodos de análisis costo-beneficio, sistemas cuantitativos y modelos matemáticos de dispersión.

La fase 4, establecimiento de medidas correctoras y preventivas,  se implementa una vez que se han identificado las acciones más impactantes, pues de esta manera se pueden proponer las medidas protectoras, correctoras o compensatorias a fin de aminorar los impactos derivados del proyecto en cualquiera de sus etapas.   La fracción VI del art. 12 del Reglamento se refiere a las Medidas  preventivas  y de mitigación de los impactos ambientales; como se puede observar son muy similares.

Finalmente, la fase 5 de la EsIA hace referencia al plan de seguimiento y vigilancia ambiental, la cual se basa en los criterios de carácter técnico que permiten a la administración comprobar si se cumple lo establecido en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). De cierta forma esto se relaciona con la fracción VII que habla sobre los pronósticos ambientales  y la evaluación de alternativas. Ambos pretenden evaluar el cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras y, de ser necesario, implementar nuevas medidas.

En relación a la fracción VII, Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan la información señalada en las fracciones anteriores, aquí quedan contenidos los instrumentos a que hace referencia el EsIA particularmente en su fase 3; la cual desde mi punto de vista  es la parte crucial del estudio, dado que es la fase donde se identifican los impactos, pero también donde se les asigna un valor para determinar qué tan severo es el impacto.

A partir del análisis del impacto que el  proyecto generará en cada uno de los factores ambientales y de sus interrelaciones se determina el grado de impacto , a fin de asignar un valor que permitirá priorizar los impactos y, en consecuencia, proponer las medidas que los minimicen o mitiguen. Por ello, considero que esta fase es la más importante, pues un incorrecto análisis podría conducir a no considerar en su real magnitud cada uno de los impactos y proponer acciones que no conduzcan a su mitigación.

Sin lugar  dudas, la labor que se desempeña en esta etapa es muy laboriosa e implica una gran capacidad de análisis. Sin embargo, si no se identifican de forma adecuada y oportuna los impactos y no se valorizan de forma objetiva, los resultados del proyecto podrían ser desastrosos. Sin embargo, como se mencionó anteriormente, existen varios instrumentos que apoyan este trabajo, y en lo personal, considero que la matriz de Leopold es una excelente ayuda en esta complicada labor, pues no solo permite analizar el impacto sobre cada uno de los factores sino buscar las interrelaciones. Asimismo, considero como otro instrumento de gran ayuda las formas básicas de las funciones de transformación, pues considero que son muy prácticas para evaluar la calidad ambiental.  

Algo importante de destacar es que es innegable que en ocasiones los proyectos se llevarán a cabo pese a los impactos que ocasionen, y aunque  en ocasiones se desee que los proyectos no se implementen en razón de los costos ambientales, también es cierto que en ocasiones el beneficio hacia la población se considerará como una prioridad y los proyectos tendrán luz verde para su implementación. Así, debemos emplear la evaluación de impacto ambiental, y su estudio o su manifestación, como una herramienta muy sólida al momento de ponderar los impactos y trabajar en la búsqueda de alternativas que reduzcan los costos ambientales.
           

Referencias bibliográficas

Instituto Nacional de Ecología
http://www2.ine.gob.mx/publicaciones/libros/260/enfoques.html

SEMARNAT. 2007. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Diario Oficial de la Federación del 28 de enero de 1988. Última reforma publicada DOF 5 de julio de 2007. México.

SEMARNAT. 2006. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental. Diario Oficial de la Federación del 30 de mayo de 2000. México.

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